¿Qué es el empleo público?
La Administración Pública, ya sea estatal, autonómica o local, está obligada a realizar una serie de pruebas de aptitud para seleccionar al personal a su cargo, con arreglo a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. Con este fin, publican anualmente en el Boletín Oficial correspondiente su Oferta Pública de Empleo (OPE).
La Administración General del Estado publica sus Ofertas de Empleo en el Boletín Oficial del Estado (BOE), las Comunidades Autónomas en sus respectivos Periódicos Oficiales, en el supuesto de la Comunidad de Madrid es el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), y por último, las Corporaciones Locales (provincias, municipios, mancomunidades, etc) publican sus Ofertas en sus Boletines Oficiales, si los tienen, y en todo caso, en el BOE y en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma al que pertenezcan.
Una vez hecho este anuncio se va convocando cada plaza concreta. La convocatoria ofrece información detallada sobre los requisitos para participar en las pruebas, forma de realización de las mismas y plazo de presentación de las solicitudes (instancias).
¿Qué requisitos deben cumplirse para acceder al empleo público?
• Tener nacionalidad española, requisito que se ha ampliado por la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, que regula la posibilidad de acceso a determinados sectores de la Administración Pública de los ciudadanos de los demás Estados miembros de la Unión Europea.
• Edad establecida en las bases de la convocatoria (los aspirantes deberán ser mayores de 18 años en el caso de funcionarios y mayores de 16 años en el supuesto de personal laboral).
• Estar en posesión del título exigido o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
• No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
• No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
¿Qué clases de personal presta sus servicios a la Administración Pública?
El personal que presta sus servicios a la Administración Pública, básicamente, es:
• Personal Funcionario.
• Personal Laboral.
Son aquellos que, una vez superadas las pruebas selectivas y tras un nombramiento legal, prestan sus servicios amparados por normas de Derecho Público, que delimitan sus derechos y sus obligaciones.
Los funcionarios pueden ser:
• De Carrera: Tras haber superado una oposición, desempeñan su trabajo con carácter permanente.
• Interinos: Ocupan plazas de plantilla, por razones de urgencia o necesidad, en tanto no se ocupen por funcionarios de carrera. Acceden a estos puestos mediante bolsas de trabajo, que son listas ordenadas de candidatos.
• Eventuales: Nombrados para realizar un trabajo específico o desempeñar un puesto de confianza durante un tiempo determinado. Se seleccionan y cesan libremente por las autoridades que convocan un puesto, son puestos de libre designación.
Los funcionarios se distribuyen en: Cuerpos, Escalas y, en su caso, Especialidades.
Básicamente, hay Cuerpos Generales, que desempeñan tareas comunes a la actividad administrativa y Cuerpos Especiales, que realizan funciones propias de una determinada carrera o profesión. Estos cuerpos se integran en Grupos Profesionales atendiendo al nivel de titulación exigido para el ingreso.
Siguiendo lo dispuesto en la Ley de la Función Pública de la Comunidad de Madrid se pueden diferenciar los siguientes grupos en relación con los Cuerpos Generales:
• Grupo A
Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.
Técnico Superior de Administración General.
• Grupo B
Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Formación Profesional de Tercer grado o equivalente.
Técnico de Gestión de Administración General.
• Grupo C
Título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente.
Administrativo.
• Grupo D
Título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.
Auxiliar Administrativo.
• Grupo E
Certificado de Escolaridad.
Agentes y subalternos.
Es aquel personal cuya vinculación con la Administración se produce por un contrato de trabajo y se regula por las normas de Derecho Laboral.
Los funcionarios pueden ser:
• Personal Laboral Permanente: Con contrato de trabajo de carácter indefinido.
• Personal Laboral Temporal: Con contrato de trabajo de duración determinada.
¿Quiénes son los Empleadores Públicos?
• Administración Central o Estatal.
• Administraciones Autonómicas.
• Administraciones Locales: Diputaciones, Mancomunidades y Ayuntamientos.
¿Qué sistemas de selección existen en la Administración Pública?
• Oposición: Consiste en la realización de una o más pruebas teóricas y prácticas, para determinar la capacidad y la aptitud de los aspirantes y fijar su orden de puntuación.
• Concurso: Consiste en la comprobación y calificación de los méritos académicos, profesionales y personales de los aspirantes, para fijar su orden de puntuación.
• Concurso-oposición: Es un sistema mixto en el que se combinan los dos anteriores. Es decir, se realizan una o varias pruebas de aptitud y se califican o bareman los méritos alegados por los aspirantes.
Sistema de selección en la Administración de la Comunidad de Madrid
El sistema de selección del personal varía según se trate de personal permanente o temporal.
Selección de personal permanente:
• Funcionario de Carrera: El sistema normal de selección es la oposición, salvo cuando, por la naturaleza de las funciones a desempeñar, sea más adecuado utilizar el sistema de concurso-oposición y excepcionalmente, el de concurso.
• Personal Laboral: El sistema de selección es el de concurso-oposición.
Selección de personal temporal:
• Funcionario: Se forman listas de espera con los aspirantes que, habiendo aprobado algún ejercicio de la oposición, no hayan superado la totalidad del proceso selectivo.
• Personal Laboral: Se forman bolsas de trabajo con los aspirantes que alcancen el nivel mínimo suficiente que se establezca en las convocatorias de selección del personal laboral permanente.
Si no existiese lista de espera o bolsa de trabajo, el procedimiento de selección será a través de una convocatoria específica mediante el sistema de concurso.
¿Cuál es el contenido de las convocatorias?
Las convocatorias, generalmente, contienen la siguiente información básica:
• Número y denominación de las plazas convocadas.
• Sistema de selección.
• Condiciones o requisitos que deben reunir los interesados.
• Lugar donde se puede recoger la solicitud, plazo de presentación y centro o dependencia administrativa a la que se debe dirigir la misma.
• Pruebas a realizar, relación de méritos que serán tenidos en cuenta en la selección y sistema de calificación de éstos.
• Programa o temario por el que se regirán las pruebas.
• Indicación del centro u oficina pública donde se expondrán las sucesivas comunicaciones.
• Designación del Tribunal Calificador.
¿Cuáles son las fases a seguir en los procesos selectivos de la Comunidad de Madrid?
Una vez publicada la Oferta Pública de Empleo y convocada una plaza concreta en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, las fases a seguir son las siguientes:
• Presentación de la solicitud de participación o instancia en plazo. La instancia suele adjuntarse como "Anexo" a la convocatoria, y el plazo de presentación de solicitud, generalmente, es de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOCM.
• Publicación en el BOCM de la lista provisional de admitidos y excluidos, dando un plazo de diez días hábiles para la subsanación de errores.
• Publicación en el BOCM de la relación definitiva de admitidos y excluidos, así como del lugar y la fecha de realización del primer ejercicio.
• Realización de las pruebas selectivas que procedan, teniendo en cuenta que desde la celebración de un ejercicio hasta la realización del siguiente deberá transcurrir un mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días naturales. Pero se deberán anunciar con una antelación mínima de 12 horas si se trata de una prueba del mismo ejercicio o de 24 horas si se trata de un ejercicio nuevo.
• Terminadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública, en el lugar que haya señalado, la convocatoria y en el BOCM, la relación de aprobados por orden de puntuación, que no podrán superar al de plazas convocadas.
• Los aspirantes propuestos deberán aportar en el plazo de 20 días naturales desde la publicación de aprobados en el BOCM, los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.
• El proceso de selección termina con el nombramiento de los funcionarios o la firma del contrato de trabajo en el supuesto de personal laboral.
Las personas interesadas en alguna plaza de las que se ofertan en las correspondientes Ofertas Públicas de Empleo deben hacer un seguimiento de la convocatoria de la misma, informándose principalmente, en los Boletines Oficiales y en los Centros de Información Administrativa u Oficinas de Atención al Ciudadano de las Administraciones Públicas e, incluso, en los propios órganos responsables de la selección de personal.
• Administración General del Estado.
Centro de Información Administrativa.
Ministerio para las Administraciones Públicas (M.A.P).
C/ Mª de Molina, 50. Madrid.
Tel.: 91 586 14 00.
Metro: Avda. de América.
http://www.igsap.map.es/cia.htm
Edita semanalmente un boletín donde se recogen las diferentes convocatorias, tanto para la Administración General, Comunidades Autónomas, Administración Local y Organismos Internacionales.
• Administración de la Comunidad de Madrid.
Oficina de Atención al Ciudadano.
Plaza del Descubridor Diego de Ordás, 3.
Tel.:91 580 42 54/55.
Metro: Ríos Rosas.
Atención telefónica. Información grabada (24 h.).
http://www.madrid.org/012
• Administración Local: Información de las convocatorias de empleo público en los Ayuntamientos de cada localidad.
Ayuntamiento de Madrid.
C/ Mayor, 83 Madrid.
Tfno.: 91 588 18 67.
Metro: Sol.Ayuntamiento de Arganda.
Plza. De la Constitución, 1 Arganda del Rey.
Tfno.: 91 871 13 44
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
C/ Fortuny, 51 Madrid
Tfno: 91 310 17 00
Metro: Rubén Darío
http://www.madrid.org/bocm/index.htm
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO (BOE) Sede Central
Avda. de Manoteras, 54 Madrid
Tfno: 91 538 21 07
www.boe.es
BIBLIOTECA REGIONAL
C/ Azcona, 42 4ª Planta Madrid
Tfno: 91 725 98 00
Metro: Diego de León
http://www.mcu.es/bpe/bpe.htm
CENTRO REGIONAL DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN JUVENIL
C/ Gran Vía, 10 Madrid
Tfno: 91 720 11 82
Metro: Gran Vía
http://www.madrid.org/inforjoven